Con fecha 7 de diciembre de 2018, ha entrado en vigor la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Con la nueva norma, se adapta el derecho español al modelo establecido por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) e introduce novedades mediante el desarrollo de materias contenidas en el mismo.

Siguiendo la misma finalidad que el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la norma pretende facilitar que los ciudadanos puedan ejercitar sus derechos al exigir que los medios para hacerlo sean fácilmente accesibles. Se regula en especial, como también lo hace el RGPD, el modo en que debe informarse a las personas acerca del tratamiento de sus datos, estableciendo un sistema de información por capas que permita al ciudadano entender y conocer de forma clara y sencilla los aspectos más importantes del tratamiento de sus datos personales, sobretodo en un ámbito en crecimiento y transfronterizo como es internet.

¿Qué novedades nos trae la LOPD?

Como aspectos novedosos de la norma, cabe destacar el tratamiento y la regulación respecto de las personas fallecidas,  a través del reconocimiento del derecho de acceso, rectificación o supresión por parte de quienes tuvieran vinculación ellas, por razones familiares o de hecho y a sus herederos, salvo disposición en contrario que hubiera hecho constar el fallecido.

En cuanto a los menores, la norma establece en 14 años la edad a partir de la cual se puede prestar consentimiento de manera autónoma. También se regula expresamente el derecho a solicitar la supresión de los datos facilitados a redes sociales u otros servicios de la sociedad de la información por el propio menor o por terceros durante su minoría de edad.

La norma, actualiza las garantías del derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de vídeo vigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo. Asimismo, refuerza las garantías del derecho a la intimidad en relación con el uso de dispositivos digitales puestos a disposición de los empleados, complementando la regulación de dicho derecho ante la utilización de sistemas de geolocalización en el ámbito laboral, de los que deberán ser informados.

Otra novedad es la referida a la regulación de los sistemas de información crediticia (los conocidos como ficheros de morosos), que reducen de 6 a 5 años el periodo máximo de inclusión de las deudas y en los que se exige una cuantía mínima de 50 euros para la incorporación de las deudas a dichos sistemas. Con la anterior Ley, no existía una cantidad mínima.

¿Qué estructura tiene la nueva norma?

Respecto a la estructura de la norma, la norma mantiene una estructura paralela y similar, tanto a la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos como al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), estableciendo como capítulos destacables que debes conocer, el objetivo de la norma, los principios dela protección de datos, los derechos y ejercicio de los mismos por los titulares de los datos personales, las figuras que intervienen en el tratamiento de datos de carácter personal (responsable, encargado, delegado),régimen sancionador e infracciones.

Como novedad en LOPD, establece un nuevo título sobre garantía de los derechos digitales, no previstos ni en la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos ni en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Título que,como indica el preámbulo de la propia norma, tiene su origen en el uso cotidiano de la red Internet.

Finalmente, la publicación de la nueva norma de Protección de Datos, conlleva múltiples afecciones normativas, deroga expresamente toda normativa y cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan, se opongan, o resulten incompatibles con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la nueva Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Y, modifica determinados artículos de las siguientes normas; Ley Orgánica del Régimen Electoral General, Ley Orgánica del Poder Judicial, Ley General de Sanidad, Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley de Universidades, Ley de autonomía del Paciente, Ley de Educación, Ley de Transparencia, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Para cualquier duda, aclaración o consulta, te puedes descargar la publicación y texto íntegro de la norma en el siguiente enlace, LOPD-BOE, y para cualquier duda que tengas respecto a la aplicación de la norma o sobre protección de datos, puedes contactar con nosotros en legal@asconsulting.es y te explicamos cómo hacerlo de forma comprensible, fácil y rápida. Estaremos felices de atenderte.